La Dirección General de Tráfico sigue buscando formas de reducir los accidentes en las carreteras españolas. Por eso, a partir del 29 de enero, entran en vigor los nuevos límites de velocidad de la DGT.
El objetivo principal en el que se ha centrado la institución con este nuevo Real Decreto que modifica el Reglamento General de Circulación son las carreteras convencionales secundarias, lugar donde se producen cerca de 1.000 muertes al año.
Los límites de velocidad que van a ser modificados fueron establecidos a principios de los años 80, cuando la situación del tráfico, el tamaño del parque móvil y las carreteras construidas eran muy diferentes a todo lo que podemos encontrar hoy en día.
De esta manera, España se sitúa en el grupo de países europeos cuya velocidad máxima en carreteras convencionales es de 90km/h, que se trata del grupo mayoritario con 15 países. Deja atrás el grupo de la máxima de 100 km/h, en el que solo quedan ahora Irlanda, Alemania, Polonia, Rumanía y Austria.
Queremos ayudarte a evitar que te pare un agente para ponerte una multa por exceso de velocidad, por eso te contamos cuáles son los nuevos límites de velocidad en las carreteras Españolas.
Hemos preparado una lista con la mayoría de los vehículos a motor que pueden circular por carretera y la velocidad máxima y mínima permitida a la que pueden circular por las diferentes vías en España. Recordemos que, además de estas limitaciones, existe otra muy importante: la velocidad máxima en vías urbanas de un carril por sentido será de 30 km/h.
Velocidad máxima y mínima por vehículo
Velocidad máxima carreteras convencionales países europeos
Si no conocías estos cambios en las nuevas velocidades de la DGT, esta guía te va a ayudar a recordar cuál es la velocidad indicada para cada tipo de vía. Con estos datos puedes circular sin miedo a que te pongan una multa por exceso de velocidad, o en el peor de los casos, sufrir un accidente por esta misma razón.
Recuerda que, además de las multas por exceso de velocidad, también pueden ponerte una multa por circular sin seguro. El importe puede ser de hasta 3.000 euros, así que es muy recomendable estar cubierto para evitar disgustos.
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